La complejidad normativa impuesta en los últimos años lleva a muchos consumidores a dudar a la hora de afrontar la instalación o la reforma de su instalación de calefacción, en este artículo pretendemos aclarar que es lo que el consumidor debe exigir a la empresa a la que se dirija para realizar la instalación o la reforma.

Si no cuenta con instalación usted está contratando una nueva instalación de calefacción, l debe encargarla a una empresa instaladora habilitada en instalaciones térmicas en edificios por el Gobierno Vasco

Además del presupuesto, factura y demás documentos mercantiles que le aseguran que la empresa está legalmente constituida , es necesario que compruebe si la empresa está habilitada por la Dirección de Seguridad Industrial del Gobierno Vasco, para ello solicite a la empresa que le entregue la Memoria Técnica de la instalación dónde habrá una justificación del cálculo realizado para dimensionar la potencia de los radiadores instalados y la elección de la caldera. Junto a la memoria el instalador deberá adjuntar un certificado de instalación según modelo de la Comunidad Autónoma, en el que queda reflejado el registro de su instalación, con un número de expediente ante la Dirección de Seguridad Industrial del Gobierno Vasco.

 

Si su vivienda cuenta con este tipo de Instalación debe saber que estas calderas normalmente son de potencia inferior a 70 kW, además también está obligado a realizar un mantenimiento que incluye la caldera de gas.

Usted como usuario debe encargar a un Servicio de Asistencia Técnica SAT o  una “empresa mantenedora habilitada en instalaciones térmicas en edificios”, la realización del mantenimiento de la calefacción. Una vez realizado el mantenimiento la Empresa tiene la obligación de rellenar la pegatina amarilla de mantenimiento (obligatoria en la Comunidad Autónoma del País Vasco) y además debe  entregarle un documento justificativo de las operaciones de  mantenimiento realizadas, que debe incluir al menos las siguientes operaciones , medición de CO ambiente, medición de temperatura ambiente de local, medición de temperatura de humos así como la emisión de CO2 , estas operaciones están descritas en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en edificios.

Si un comercializador le ofrece este servicio de mantenimiento, deberá ser realizado por una “empresa mantenedora habilitada en instalaciones térmicas en edificios”.

 

Nueva factura eléctrica: claves y consejos

El Ente Vasco de la Energía aconseja a los consumidores que revisen la potencia contratada y que incorporen medidas de ahorro y eficiencia energética

El pasado 1 de abril entró en vigor el nuevo sistema para determinar el precio de la energía, que contará con un periodo transitorio de tres meses para que las empresas eléctricas adapten sus equipos.

El Real Decreto 216/2014, aprobado el pasado día 28 de marzo, determina la manera en la que se realizará el cálculo del precio voluntario al pequeño consumidor que serán de aplicación a los consumidores de baja tensión con potencia contratada hasta 10 kW a partir del 1 de abril. Viene a sustituir a las tarifas de último recurso existentes.

¿Quiere cambiar de caldera pero no sabe cuál elegir?, sabemos que para usted como usuari@ y consumidor es una decisión compleja, por eso  antes de comparar las diferentes soluciones disponibles, le ofrecemos una serie de consejos  que  le permitirán escoger la opción correcta evaluando las necesidades y garantizando mejores resultados.

 

¿Qué son los Servicios de Asistencia Técnica (S.A.T.) a Calderas?

Son aquellos establecimientos o personas que, cumpliendo los requisitos reglamentarios para esta actividad, se dedican a la reparación, instalación y/o conservación o mantenimiento de los aparatos, en este caso calderas de Calefacción, y prestan sus servicios tanto en los locales donde se desarrolla su actividad como en los domicilios de los consumidores

En la Comunidad Autónoma del País Vasco hay regulación específica sobre este tipo de empresas. Están reguladas mediante la Orden de que desarrolla el Decreto 63/2006 de de 14 de marzo, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas habilitadas en materia de seguridad industrial.

 

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