El control sobre su instalacion de calefaccion aparece regulado en el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (en adelante, RITE). Reglamento que en su Instrucción Técnica I.T. 3, y en funcion de la potencia nominal de la instalación, su uso y el tipo de aparato instalado, obliga a las siguientes revisiones>
Destacar que las operaciones de mantenimiento de instalaciones de gas de menos de 70 kW instaladas en viviendas tienen una periodicidad de 2 años. Si dichas operaciones de mantenimiento se realizan en calderas de menos de 70 kW de otros combustibles (gasóleo, biomasa, etc.…) instaladas en viviendas, dicha periodicidad es de un año.
En nuestra comunidad autonoma una vez realizado el mantenimiento, el servicio tecnico oficial le emitrira un justicante de mantenimiento y rellenara la pegativa amarilla que al efecto ha publicado el Gobierno Vasco, como se;al de que el mantenimiento obligatorio de la Instalacion Termica se ha llevado a cabo. La anotacion en la pegatina significa que el SAT le ha realizado las siguentes operaciones obligatorias.
Su caldera tendra un mejor rendimiento energetico y usted pagar»a menos en su factura de combustible